TSJ legítimo rechaza decisión del tribunal usurpado sobre la Ley contra el Odio en Venezuela

Darwyn Rosales

marzo 10, 2026

El Tribunal Supremo de Justicia legítimo de la República Bolivariana de Venezuela expresó su rechazo categórico al documento N.º 67, emitido el 26 de febrero de 2026 por la Sala de Casación Penal del denominado tribunal usurpado, que pretendía declarar imprescriptible el delito de incitación al odio previsto en la Ley contra el Odio.

En un pronunciamiento de Sala Plena, el TSJ legítimo recordó que, según el artículo 138 de la Constitución, los actos de autoridades usurpadas son nulos e ineficaces, y advirtió que la imprescriptibilidad, según el Derecho Internacional, está reservada exclusivamente para crímenes de guerra y de lesa humanidad, por lo que aplicarla a delitos de opinión constituye una distorsión jurídica grave.

El Tribunal señaló que la interpretación realizada por la Sala de Casación Penal del tribunal usurpado configura un mecanismo de persecución política y criminalización de la disidencia, incompatible con el sistema democrático, la libertad de expresión y los tratados internacionales de derechos humanos.

Finalmente, el TSJ legítimo exhortó a organismos internacionales y a la comunidad jurídica global a mantenerse vigilantes frente al uso del derecho penal como instrumento de represión política en Venezuela.

Este pronunciamiento refuerza la postura del TSJ legítimo en contra de medidas judiciales que limitan la libertad de expresión y buscan sancionar opiniones críticas dentro del país.

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Darwyn Rosales
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