Un grupo de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio emitió un pronunciamiento en el que sostiene que la situación de Nicolás Maduro, tras su detención, debe ser evaluada bajo los parámetros establecidos en la Constitución venezolana, advirtiendo que podría configurarse una falta absoluta en la Jefatura del Estado.
En el documento, los juristas argumentan que la Carta Magna no contempla figuras como la “ausencia forzosa”, por lo que cualquier imposibilidad de ejercer el cargo debe clasificarse como falta temporal o absoluta, conforme a los artículos 233, 234 y 235.
Según su interpretación, la ausencia inicial debe considerarse como falta temporal, pero advierten que, de prolongarse más allá del plazo máximo constitucional de 180 días sin reincorporación, correspondería a la Asamblea Nacional declarar la falta absoluta.
De concretarse este escenario, los magistrados señalan que la Constitución obliga a convocar elecciones presidenciales universales, directas y secretas para completar el período correspondiente.
El pronunciamiento también insiste en que no pueden aplicarse mecanismos fuera del marco constitucional para resolver la situación política, y que la única vía legítima es el cumplimiento estricto del orden jurídico vigente.
El documento fue emitido desde Doral, Florida, en medio del debate sobre la continuidad institucional en Venezuela y las posibles salidas a la crisis política tras la detención del exmandatario.


